San Vicente del Raspeig subvenciona por primera vez los gastosde obtención de los carnés para camiones y autobuses

La ayuda de hasta el 90% va dirigida a las personas desempleadas y empadronadas en el municipio que hayan obtenido los permisos de conducción C1, C, C+E o D

El Ayuntamiento de San Vicente del Raspeig, a través de la concejalía de Desarrollo Local, ha lanzado por primera vez en la historia una subvención para aquellos conductores que hayan obtenido su licencia de conducción para camiones y autobuses.
La edil responsable, Lourdes Galiana, ha explicado que “se trata de una línea de ayudas que incluimos en los presupuestos y que, con una dotación de 30.000 euros, busca ayudar económicamente a nuestros vecinos que han hecho un gran esfuerzo, tanto humano como monetario, en conseguir alguno de estos permisos”.
La línea de ayudas va dirigida a todas aquellas personas que hayan obtenido alguno de los permisos de tipo C1, C, C+E o D en el periodo de tiempo comprendido entre enero de 2025 hasta el momento de presentar la solicitud, cuyo plazo está abierto hasta el 31 de agosto.
La cuantía económica destinada a cada persona es de hasta el 90% de la factura de la autoescuela y un máximo de 1.450 euros por carné obtenido, siendo dos el máximo de permisos subvencionables, lo que daría una cuantía de hasta 2.900 por vecino.
Galiana ha añadido que “con este tipo de subvenciones también perseguimos un objetivo crucial como es ayudar a las personas en su reinserción laboral, ya que la obtención de este tipo de licencias, en muchas ocasiones, se hace buscando ampliar las posibilidades de encontrar un nuevo empleo”.
Los gastos subvencionables para la presente convocatoria son la matrícula en una autoescuela oficial, las clases teórico y/o prácticas realizadas y las tasas para la realización del examen. Y para obtener la ayuda los requisitos, además de los anteriores, son estar empadronado en San Vicente del Raspeig con anterioridad al 1 de enero, estar al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado, la Generalitat Valenciana, la Hacienda Local y frente a la Seguridad Social y no estar incurso en causa de reintegro en los términos del artículo 37 de la Ley General de Subvenciones por cualquier subvención económica concedida por este Ayuntamiento o sus entidades dependientes.