Histórica sentencia en materia de prevención de riesgos

CCOO rechaza que pagar sanciones salga más rentable que invertir en la salud y seguridad de las plantillas.

Se acaba de conocer la importante indemnización económica, en el entorno de un cuarto de millón de euros, que una jueza de Alicante ha impuesto a una empresa de San Vicente del Raspeig y el Servicio de Prevención Ajeno con el que tenía acordada la vigilancia de la salud de la plantilla, por la afectación a la salud de un trabajador que acabó en situación de incapacidad permanente total.

Esta importante sentencia, que todavía no es firme, conseguida por el Gabinete Jurídico de CCOO en Alicante, supone un toque de atención en relación al respeto que todas las empresas deben tener a la seguridad y salud de la plantilla. Hasta ahora, a demasiadas empresas les ha resultado más rentable asumir el pago de sanciones por el incumplimiento de la ley de prevención de riesgos laborales que poner esta en marcha en sus centros de trabajo. Una vez más, la ley se queda en la puerta de algunas empresas.

En el apartado de hechos probados de la sentencia se recogen un enorme e indigno listado de incumplimientos en materia de prevención que muestran el desinterés sistemático de la empresa y su Servicio de Prevención Ajeno por la salud de la plantilla y por unas condiciones de trabajo decentes: no realización ni actualización periódica de la evaluación de riesgos en materias específicas, planificación incompleta de la actividad preventiva, insuficiente asignación presupuestaria, falta de un verdadero plan de formación preventiva por puestos de trabajo, no acreditación por la empresa de la realización de reconocimientos médicos, no se acredita la implantación de procedimientos de actuación relativos a las instalaciones y equipos de trabajo, sistemas de seguridad e higiene, ausencia de planificación previa, sistemática y completa de medidas preventivas,… La sentencia, muy completa y pormenorizada declara la existencia de responsabilidad empresarial por la falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo, lo que impactó en la salud del trabajador denunciante.

Estos incumplimientos han supuesto un deterioro grave de la salud de una parte de la plantilla que arrastrará secuelas el resto de su vida. La sentencia recoge un largo historial de incumplimientos por parte de la empresa que, por lo que parece, prefería asumir el pago de las sanciones que invertir, como es su obligación, en la seguridad y salud de la plantilla.

Desde CCOO valoramos positivamente que las sentencias empiecen a tener un efecto pedagógico en las empresas y que estas asuman el coste de la prevención del impacto en la salud de sus trabajadores y trabajadoras por la realización de la actividad laboral.